“El que salga a romper vehículos por celos, ira o violencia debe prepararse porque ahora sí tendrá consecuencias penales.”
Por:Lic. César Amadeo Peralta
De inicio recomiendo a todas las personas, especialmente a motoristas y a quienes por celos o rabia acostumbraban descargar su ira contra vehículos ajenos, que lean el nuevo Código Penal dominicano. Mucha gente podría terminar presa sin siquiera entender por qué.
Durante años en República Dominicana se volvió casi normal ver personas rompiendo cristales, lanzando piedras, abollando vehículos o persiguiendo carros en medio de discusiones de tránsito, conflictos sentimentales o protestas violentas. Y en la mayoría de los casos no ocurría absolutamente nada.
Ahora la realidad cambia con la Ley 74-25 y la figura del “daño a un bien ajeno”, contemplada en los artículos 267 y 268 del nuevo Código Penal.
Quien destruya o deteriore una propiedad ajena podría enfrentar desde seis meses hasta dos años de prisión, además de multas, pago de daños y perjuicios, gastos legales y hasta confiscación del vehículo o herramienta utilizada para cometer el hecho.
Las penas aumentan todavía más si durante la agresión una persona resulta herida o pierde la vida. En esos casos las condenas podrían alcanzar hasta 40 años de prisión.
Esto aplica también para quienes lanzan piedras en carreteras y túneles o destruyen vehículos durante huelgas y protestas. La violencia contra bienes ajenos ya no será vista como una simple “guapeza”, sino como un delito con consecuencias reales.
El mensaje de la nueva legislación parece claro: Nadie tiene derecho a destruir lo que le pertenece a otro.

-
1
-
2
Cazando Historias Proyecto Villa Martina en Vista Cana demanda NULIDAD de embargo por Asociación Cibao 352 visitas -
3
Zona Local Bomberos Punta Cana llegan a Colombia fortalecen conocimientos en inspección estructural 153 visitas -
4
Zona Local Casi 3 años de muerte de Joven en Friusa: Familia denuncia liberación de implicados 133 visitas -
5




